¿Te pueden infraccionar por estacionarte frente a tu casa? Esto dice el Reglamento de Tránsito CDMX
Un video en TikTok muestra a un policía de tránsito de CDMX infraccionando a una persona por estacionarse frente a su casa; esto dice el Reglamento de Tránsito.

En las últimas horas se comenzó a hacer tendencia en la plataforma de TikTok y X, un video que muestra cómo un policía de tránsito de la Ciudad de México (CDMX), multa con base en su Reglamento de Tránsito a una persona que se estacionó frente a la puerta de entrada de su hogar.
Dentro del video en cuestión, se muestra como una mujer que habita en algún punto de la capital, discute con el elemento de tránsito señalando que no se puede multar a alguien por estacionarse frente a la entrada de su casa sin que nadie haya levantado el reporte.
Por ello, a continuación en adn40, te daremos a conocer qué es lo que dice el Reglamento de Tránsito de la CDMX en relación a si una persona se puede o no estacionar frente al portón de entrada de su casa, así como las zonas en dónde no está permitido dejar un vehículo.
¿Te pueden infraccionar si te estacionas en tu propia entrada de tu casa? 👀
— Prófugos del Ácido Fólico (@EsdeProfugos) March 26, 2025
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¿Las personas se pueden estacionar frente a la entrada de sus casas en CDMX?
De acuerdo con el Artículo 30 del Reglamento de Tránsito de la CDMX, las y los capitalinos sí se pueden estacionar frente a sus hogares, esto siempre y cuando no se invada la acera, el tránsito peatonal, así como cajones de estacionamiento dedicados para el parquímetro.
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¿Qué dice el Reglamento de Tránsito de la CDMX sobre estacionarse frente tu propia casa?
El inciso G de este reglamento establece lo siguiente:
“(No se puede estacionar frente a) Rampas vehiculares para el acceso a cocheras, salvo que se trate del domicilio del propio conductor, siempre y cuando no se invada la acera, el tránsito de peatones, cajones de estacionamiento, o áreas de estacionamiento restringido”.
Con lo antes mencionado, queda en claro que las leyes de la CDMX establecen que las personas sí se pueden estacionar frente a la entrada de sus hogares, esto siempre y cuando no se obstruyan las zonas antes mencionadas.
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El estacionarse en lugares prohibidos como cajones para personas con discapacidad o frente a tomas de agua, puede representar una multa de miles de pesos.
¿Cuáles son las zonas en dónde no se pueden estacionar las personas?
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito de la CDMX, son hasta ocho lugares en los que los conductores tienen prohibido estacionarse, esto por motivos de seguridad, de áreas designadas para emergencias y demás.
Estas zonas son las siguientes:
- Establecimientos bancarios
- Hidrantes para uso de los bomberos
- Entradas y salidas de vehículos de emergencia
- Entradas o salidas de estacionamientos públicos y gasolineras
- Accesos peatonales o vehiculares y salidas de emergencia de centros escolares y demás centros de concentración masiva
- Rampas peatonales
- Rampas vehiculares para el acceso a cocheras, salvo que se trate del domicilio del propio conductor, siempre y cuando no se invada la acera, el tránsito de peatones, cajones de estacionamiento, o áreas de estacionamiento restringido
- En entradas y salidas peatonales de instalaciones de hospitales o centros de salud
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