A partir del 4 de abril entrará una nueva policía de tránsito en la Ciudad de México, los cuales serán los únicos facultados para levantar infracciones y solo podrán hacerlo desde un dispositivo electrónico y una aplicación móvil.

Esta nueva policía estará a cargo de Francisco Javier Moreno Montaño, quien fue nombrado como Subsecretario de Control de Tránsito, el cual tendrá a su cargo a 400 elementos.

Los nuevos agentes viales, usarán una banda amarilla en el brazo con la leyenda “autorizado para infraccionar”.

Adicional a ello, la población puede verificar la información del agente a través de la aplicación “Mi policía” para saber que es un elemento autorizado, solo debe ingresar el número de placa.

En este sentido, los policías auxiliares o preventivos no podrán realizar infracciones y en caso de hacerlo, la población puede solicitar que le muestre el dispositivo móvil.

Adicional a ello, se modificará el reglamento de tránsito a fin eliminar causales por las cuales un vehículo puede ir al corralón, actualmente son 77 causales y la intención es dejaras en 35.

Estas causales se eliminan:

-Vehículos con placas foráneas que sean detenidos por la comisión de alguna de las infracciones del reglamento

-Ir en sentido contrario

-Por realizar reparaciones a vehículos en la vía pública

-Cuando la licencia de conducir no esté vigente

-Cuando la tarjeta de circulación no esté vigente

Un segundo eje es la Simplificación de Trámites para la Emisión de Multas, el cual contará con tres acciones:

-Implementación de un “Esquema de emisión y pago de multas de tránsito sin el uso de papel”, a través de 596 dispositivos electrónicos para expedir las multas derivadas de las infracciones, a fin de que el ciudadano reciba la multa en su teléfono.

- “Programa de descuento a infracciones por pronto pago”, que estará vigente a partir del lunes 4 de abril, con los siguientes beneficios:

- 90% si el pago es realizado dentro de los primeros 10 días siguientes a la fecha de la infracción.

-50% a partir del día 11 y hasta los 30 días posteriores a la fecha en que fue impuesta.

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