Perder la Pensión del Bienestar para Adultos Mayores es algo que nadie desea, por eso es importante conocer las reglas para evitar quedarse sin este apoyo económico. Desde los 65 años, cualquier mexicano puede ser candidato para recibir este beneficio cada bimestre. Mantenerlo conlleva cumplir tanto los requisitos como los lineamientos.

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Pensión del Bienestar para Adultos Mayores: Las reglas de operación

El reglamento del programa establece diversas causas por las cuales una persona puede perder la Pensión del Bienestar . Estas son:

  1. Si se detectan cobros simultáneos o indebidos: En caso de que el beneficiario o su auxiliar no se presentan a recibir los pagos durante dos bimestres consecutivos o si se encuentran inconsistencias en los datos personales proporcionados durante el registro.
  2. Duplicidad de datos personales, ya que estos están en constante revisión.
  3. La alteración o falsificación de documentos de cobro también puede dar como resultado la pérdida del beneficio.
  4. Si el beneficiario o su auxiliar no se presentan a aclarar la situación de retención de los pagos de su pensión después de dos bimestres consecutivos, o si no aclaran una posible duplicidad, también podrían ser suspendidos del programa.
  5. La notificación de la muerte del beneficiario, el descubrimiento de información falsa proporcionada, el incumplimiento de lo establecido en la convocatoria, o el cambio de residencia al extranjero, ya sea temporal o permanente, se podría proceder a dar de baja definitiva del programa.

Es importante destacar que si se confirma la existencia de duplicidad, se dará de baja al registro más antiguo. Y si el beneficiario no aclara su situación de acuerdo con las reglas de operación, también podría perder el beneficio.

¿Cuáles son los requisitos para recibir la Pensión del Bienestar?

Para recibir la pensión de adultos mayores es necesario cumplir con estas condiciones:

  1. Tener 65 años o más de edad cumplidos dentro del bimestre de incorporación.
  2. Ser mexicano o mexicana por nacimiento o naturalización con domicilio actual en el país.
  3. Acta de nacimiento.
  4. Documento de identificación vigente: credencial para votar o del Inapam, pasaporte y otros documentos expedidos por la autoridad correspondiente.
  5. Clave Única de Registro de Población.
  6. Comprobante de domicilio de máximo seis meses de antigüedad o constancia de residencia de la autoridad local.
  7. El formato Único de Bienestar debidamente llenado.

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