Fallo histórico protege la libertad de prensa en Costa Rica

La Sociedad Interamericana de Prensa celebró el fallo de la Sala Constitucional de Costa Rica que condenó al gobierno de Rodrigo Chaves Robles por retirar la pauta publicitaria a “El Chinaoke”

SIP: Condena al Gobierno por chinaokes es un precedente legal
Getty Images
Actualizado el 09 julio 2025 17:01hrs 2 minutos de lectura.
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Escrito por: Majo Santillán González

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) celebró el fallo de la Sala Constitucional de Costa Rica que declaró con lugar los recursos de amparo presentados contra el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y el Banco Popular por retirar su pauta publicitaria al programa televisivo El Chinamo, transmitido por Teletica Canal 7, tras la emisión de su segmento satírico “El Chinaoke”.

La Sala IV reconoció que la decisión de ambas entidades estatales constituyó un acto de censura indirecta, al imponer consecuencias comerciales vinculadas al contenido editorial satírico, violando derechos fundamentales consagrados en la Constitución y tratados internacionales.

En los recursos de amparo, presentados por un abogado y un adulto mayor, se denunció que el ICE y el Banco Popular retiraron su patrocinio tras la emisión de canciones con sátira política y social que abordaban temas como inseguridad, alto costo de vida, desigualdad social y deficiencias en la Caja Costarricense de Seguro Social.

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El tribunal subrayó la importancia de la sátira y el humor político como formas legítimas de crítica que enriquecen el debate democrático y afirmó que la pauta oficial no puede ser utilizada para restringir el derecho a criticar al poder. Además, señaló que vincular el financiamiento de publicidad estatal al contenido de un segmento humorístico constituye un uso inapropiado de fondos públicos para ejercer presión.

“La decisión de la Sala Constitucional fortalece un principio esencial: la publicidad estatal no debe ser utilizada como mecanismo de premio o castigo para condicionar contenidos periodísticos o artísticos”, afirmó José Roberto Dutriz, presidente de la SIP. “Saludamos la claridad del fallo, que envía un mensaje inequívoco sobre la obligación de las instituciones públicas de respetar la libertad de expresión en todas sus formas”, afirmó Dutriz, CEO y director general de La Prensa Gráfica de El Salvador.

Martha Ramos, presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, añadió que retirar la pauta estatal por el contenido crítico de un programa es una forma de censura velada improcedente en una sociedad democrática.

Televisora de Costa Rica también reaccionó valorando la defensa de la libertad de expresión hecha por la Sala Constitucional y anunció que analiza opciones legales para valorar daños y perjuicios sufridos por lo que calificó como hechos inconstitucionales que atentan contra la libertad de prensa, expresión y comercio.

Este fallo confirma el pronunciamiento de la SIP en diciembre de 2024, cuando advirtió sobre el uso de la pauta estatal como instrumento de censura en Costa Rica tras las acciones del ICE y el Banco Popular. Asimismo, la SIP recordó otros fallos recientes de la Sala IV que refuerzan la libertad de prensa en el país, incluyendo decisiones de mayo de 2023 y 2025 que protegieron a periodistas frente a violaciones a la libertad de prensa y al derecho de acceso a la información.

Una misión de la SIP en enero de 2025 documentó una preocupante degradación del ambiente de libertad de prensa en Costa Rica, con prácticas gubernamentales de estigmatización y un clima de hostilidad y autocensura en ciertos medios y redacciones.

Este fallo representa un hito para la defensa de la libertad de prensa en Costa Rica y un mensaje claro contra la censura indirecta mediante presiones económicas desde el poder público.

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